
Si no recibes tu aguinaldo a tiempo, esta multa pagará tu patrón
La fecha límite para que tu empresa te pague esta prestación laboral, es el 20 de diciembre, te decimos de cuánto será la multa en caso de no hacerlo.
Una de las prestaciones que los trabajadores deben recibir de manera obligatoria a fin de año es el aguinaldo, para lo cual hay una fecha límite en la que en tu centro laboral debe depositarte lo equivalente a 15 días de salario.
Por tal motivo, antes del 20 de diciembre debes recibir lo que te corresponde de aguinaldo, ya sea completo o lo equivalente al tiempo que hayas trabajado, en caso de que no sea así, tu patrón podría hacerse acreedor a una multa, te decimos de cuánto es.
✅ #PROFEDET defiende tu derecho a recibir aguinaldo.
— PROFEDET (@PROFEDET) December 7, 2021
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De cuánto es la multa
Las sanciones que se contemplan van desde los 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), actualmente la UMA tiene un valor de 89.62 pesos, por lo que la multa sería de 4 mil 480 a 44 mil 800 pesos.
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), de conformidad con la reforma a la Ley Federal del Trabajo en 1970, en México, las y los trabajadores que tengan una relación de trabajo subordinado a un patrón, tienen derecho a recibir un aguinaldo. Es obligación del patrón pagar el aguinaldo a los trabajadores cada año antes del 20 de diciembre, de conformidad con el Artículo 87 de dicha Ley.
De igual manera, si no cumpliste un año de servicio en tu trabajo y estás o no laborando en la fecha en que se paga esta prestación, tienes derecho a recibir la parte proporcional por parte de tu antiguo trabajo.
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En caso que no recibas el pago de tu aguinaldo, tienes hasta un año para reclamar ante las instancias correspondientes, entre las que se encuentran las Juntas de Conciliación y Arbitraje Federal o locales y/o Tribunales Laborales federal o locales, o los Centros de Conciliación y Registro Laboral federal o locales, dependiendo del caso.
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Finalmente, la Profedet reiteró que ofrece orientación, asesoría, mediación y representación jurídica con la finalidad de realizar las acciones ordinarias y extraordinarias necesarias ante las autoridades del trabajo.
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