Septiembre es considerado el Mes del Testamento, el cual es un documento importante para no heredar problemas a la familia y es algo que todas las personas deberían realizar con anticipación. Una de las dudas más frecuentes, es qué pasa con las deudas de una persona fallecida que sí dejó un testamento.Si tú o algún conocido está pasando por un caso similar, debes saber que el total de los bienes que forman parte de la herencia de una persona, serán utilizados para pagar las deudas hasta donde el valor alcance. En caso de que la deuda sea mayor a la suma de los bienes, el heredero puede no aceptar la herencia, si por el contrario el monto de la deuda es menor, puede saladarla y quedarse con lo que quede.Lo primero que hay que considerar es que un testamento es un instrumento legal que se realiza en una notaría pública, siempre y cuando la persona decida a quién dejará sus bienes, derechos y obligaciones luego de su muerte.Septiembre es el mes del testamento, es por ello que se realizan jornadas en las notarías para que las personas puedan hacer el suyo a un precio más bajo de lo normal. Pero es importante aclarar que no siempre mediante ellos se obtiene un bien, también se obtienen obligaciones, como ocurre con los albaceas, tutores o curadores.Te recomendamos leer: Apple revela su iPhone 13 y Apple Watch Series: esto costaránEl albacea de un testamento es la persona designada que se encargará de hacer cumplir la última voluntad del testador, de igual manera tendrá la función de cuidar y dar destino a los bienes que disponga el testamento.Una de las funciones que tendrá cuando fallezca la persona que hizo el testamnto, es ir ante un notario y presentar el acta de defunción, así como el testimonio del testamento. Se tendrá que elaborar la escritura de adjudicación por herencia de los bienes de la sucesión en favor de los herederos o legatarios.Te recomendamos leer: WhatsApp: viene en camino función para 'leer' mensajes de vozEn caso de que los herederos sean menores de edad, lo más conveniente es que se asigne un tutor, quien se encargará de la guarda, custodia y representación del menor o del incapaz, en caso de que los padres hayan fallecido.Los tutores no pueden en ningún momento disponer de los bienes que se le dejaron a un menor, a menos que un juez lo autorice. Por si parte, el curador es la persona que se encarga de vigilar el comportamiento del tutor.Para más información de este y otros temas, visita nuestra sección de Tips.